martes, 9 de noviembre de 2010

DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

La Dirección General de Transporte Terrestre es un órgano de línea del Viceministerio de Transportes que se encarga de normar, autorizar, supervisar, fiscalizar y regular el servicio de transporte y tránsito terrestre de personas y mercancías, actividad que realiza de acuerdo a lo dispuesto por el ordenamiento legal vigente.


MISION:

La Dirección General de Transporte Terrestre se encarga de normar el transporte y tránsito terrestre; regular, autorizar, supervisar y fiscalizar la prestación de servicios de transporte terrestre por carreteras y servicios complementarios, así como del tránsito terrestre, actividad que realiza de acuerdo a lo dispuesto por el ordenamiento legal vigente.

FUNCIONES:

Proponer y ejecutar las políticas orientadas a la administración de los servicios de transporte terrestre de personas y de mercancías.


Proponer proyectos de normas, reglamentos y demás disposiciones relacionadas con las actividades de transporte y tránsito terrestre.

Otorgar autorizaciones para la prestación de servicios de transporte terrestre de personas y de mercancías de ámbito nacional e internacional y sus servicios complementarios.

Fiscalizar que la prestación de servicios de transporte terrestre de personas y de mercancías de ámbito nacional e internacional y sus servicios complementarios, se realicen de acuerdo a las normas, regulación y autorizaciones vigentes.

Conducir la gestión y mantener actualizados los registros administrativos nacionales relacionados al transporte y tránsito terrestre por carretera, en coordinación con los gobiernos regionales y locales según corresponda.

Mantener un sistema estándar de licencias de conducir; normar, coordinar y fiscalizar el proceso de otorgamiento de éstas a nivel nacional y emitir licencias de conducir en el ámbito de su competencia.

Mantener un sistema estándar de homologación, certificación, verificación y revisiones técnicas de vehículos; así como normar y fiscalizar su operación.

Desarrollar las actividades orientadas a promover la educación y seguridad vial, de competencia del Ministerio.

Administrar el fondo de compensación del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).

Producir estadísticas relacionadas al transporte y tránsito terrestre de personas y mercaderías en su ámbito de competencia.

Resolver en segunda instancia administrativa, los recursos impugnativos interpuestos contra las resoluciones expedidas en los procedimientos administrativos sancionadores en el ámbito de su competencia.

Participar en representación del Ministerio como organismo nacional competente de Transporte Terrestre, en eventos nacionales e internacionales sobre transporte y tránsito terrestre.

Proponer convenios y acuerdos nacionales e internacionales, dentro del ámbito de su competencia.

Las demás funciones que le asigne el Viceministro de Transportes, en el ámbito de su competencia.

ORGANIZACIÒN:

La Estructura Orgánica de la Dirección General de Transporte Terrestre es la siguiente:


ORGANO DE DIRECCIÓN

Dirección General de Transporte Terrestre

ORGANOS DE LÍNEA

Dirección de Regulación y Normatividad

La Dirección de Regulación y Normatividad es la unidad orgánica encargada de la regulación del transporte terrestre, formular proyectos de normas, reglamentos y demás disposiciones relacionadas con las actividades de transporte y tránsito terrestre; así como elaborar estudios de investigación en el ámbito de su competencia. Tiene las funciones específicas siguientes:

Formular políticas del Sector relativas a la administración de servicios de transporte y tránsito terrestre.

Formular proyectos de normas, reglamentos y demás disposiciones relacionadas con las actividades de transporte y tránsito terrestre.

Proponer las medidas necesarias para el funcionamiento seguro y eficiente de los servicios de transporte por carretera.

Evaluar el proceso de aplicación de las normas sobre transporte y tránsito terrestre.

Coordinar con los órganos competentes de los gobiernos regionales y locales la aplicación de las normas sobre transporte y tránsito terrestre, en su ámbito de competencia.

Elaborar estudios de investigación sobre temas materia de su competencia.

Atender consultas de carácter técnico normativo en materia de transporte y tránsito terrestre.

Formular acuerdos de carácter técnico – operativo relacionados al transporte internacional terrestre, de conformidad con la normativa de la Comunidad Andina y Cono Sur.

Las demás funciones que le asigne el Director General, en el ámbito de su competencia.

Dirección de Servicios de Transporte Terrestre

La Dirección de Servicios de Transporte Terrestre es la unidad orgánica encargada de autorizar la prestación de servicios de transporte terrestre de personas y de mercancías, de ámbito nacional e internacional, servicios complementarios y administrar el Sistema Nacional de Registros del Transporte Terrestre. Tiene las funciones específicas siguientes:

Evaluar y proponer la autorización, modificación y cancelación de los servicios de transporte terrestre nacional e internacional por carretera.

Evaluar y proponer la certificación de habilitación técnica de terminales terrestres y estaciones de ruta, otros servicios complementarios y sus modificaciones.

Administrar y mantener actualizado el Registro Nacional de Transporte Terrestre de ámbito nacional.

Administrar y mantener actualizados los registros de transporte internacional por carretera, de conformidad con los acuerdos internacionales vigentes.

Informar a la Dirección de Supervisión y Fiscalización de Servicios de cualquier anomalía o presunta infracción de la que tenga conocimiento o detecte en cumplimiento de sus funciones.

Asesorar a los órganos competentes de los gobiernos regionales, en asuntos de carácter técnico relativos a las autorizaciones de servicios, administración del Registro Nacional de Transporte Terrestre y otras actividades relacionadas a los servicios de transporte.

Coordinar con la Dirección de Regulación y Normatividad la elaboración de proyectos de normas, reglamentos y otras disposiciones relacionadas con las actividades de transporte terrestre, de su competencia.

Las demás funciones que le asigne el Director General, en el ámbito de su competencia.


Dirección de Circulación y Seguridad Vial

La Dirección de Circulación y Seguridad Vial es la unidad orgánica encargada de regular y supervisar el sistema de identificación vehicular y de homologación, certificación y revisiones técnicas; otorgar placas de rodaje y licencias de conducir; promover la educación y seguridad vial. Tiene las funciones específicas siguientes:

Conducir el sistema de identificación vehicular a nivel nacional y el proceso de otorgamiento de la placa única nacional de rodaje; así como gestionar la emisión de ésta en su ámbito de competencia.

Conducir el sistema de otorgamiento de licencias de conducir a nivel nacional y gestionar la emisión de éstas en su ámbito de competencia.

Regular y supervisar el funcionamiento del sistema de homologación, certificación y revisiones técnicas a nivel nacional.

Administrar y mantener actualizados los registros nacionales de identificación vehicular, de revisiones técnicas, de licencias de conducir y de sanciones aplicadas a los conductores.

Desarrollar actividades de promoción de la educación y seguridad vial correspondientes al Ministerio, en coordinación con el Consejo Nacional de Seguridad Vial.

Promover y controlar la capacitación de conductores en su ámbito de competencia.

Informar a la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones de cualquier anomalía e infracción de la que tenga conocimiento o detecte en cumplimiento de sus funciones.

Asesorar a los órganos competentes de los gobiernos regionales, en asuntos de carácter técnico relativos al sistema de identificación vehicular, emisión de licencias de conducir y actividades relacionadas a la educación y seguridad vial.

Coordinar con la Dirección de Regulación y Normatividad la elaboración de proyectos de normas, reglamentos y otras disposiciones relacionadas con las actividades de tránsito terrestre, de su competencia.

Las demás funciones que le asigne el Director General, en el ámbito de su competencia.


Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones

La Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones es la unidad orgánica encargada de fiscalizar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de transporte y tránsito terrestre nacional e internacional en el país, impone sanciones por infracciones a la normatividad de la materia. Tiene las funciones específicas siguientes:

Fiscalizar el cumplimiento de la normatividad y reglamentación vigente vinculada al transporte y tránsito terrestre nacional e internacional, en el ámbito de su competencia.

Evaluar e imponer sanciones administrativas por incumplimiento de la normatividad vinculada al transporte y tránsito terrestre.

Fiscalizar a las entidades autorizadas para realizar certificaciones, verificaciones y revisiones técnicas a nivel nacional.

Fiscalizar a los establecimientos de salud autorizados para realizar exámenes médicos y psicosensométricos para obtener licencias de conducir.

Fiscalizar a las entidades de capacitación de conductores.

Asesorar a los órganos competentes de los gobiernos regionales, en asuntos de carácter técnico relativos a la fiscalización del transporte y tránsito terrestre y otras actividades relacionadas.

Coordinar con otras dependencias y entidades gubernamentales nacionales y regionales, para la realización de acciones de control del transporte y tránsito terrestre.

Coordinar con la Dirección de Regulación y Normatividad la elaboración de proyectos de normas, reglamentos y otras disposiciones relacionadas con las actividades de fiscalización del transporte y tránsito terrestre, de su competencia.

Las demás funciones que le asigne el Director General, en el ámbito de su competencia.

1 comentarios:

Unknown 10 de noviembre de 2010, 16:08  

querido y estimado profesor esta muy buena la informacion que has publicado en tu blog sigue asi profe tu saves que te queremos y apreciamos mucho mas que a un maestro y eres un ejemplo y modelo de persona para nosotros. me despido no sin antes decirte.
si sufres injusticia, consuelate, por que la verdadera desgracia es cometerlas.
que Dios te bendiga.

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