lunes, 5 de marzo de 2012

SEGURO DE TRANSPORTE DE MERCANCÍAS

INTRODUCCIÓN

El objetivo del seguro es cubrir el riesgo que pueda acaecer sobre cualquier elemento que sea transportable. Dicho riesgo puede repercutir sobre los bienes, el medio de transporte o, en el caso de la cobertura por responsabilidad civil, sobre el patrimonio del asegurado con el que tendría que hacer frente a eventuales indemnizaciones.
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OBJETO DEL SEGURO
La finalidad del seguro consiste en amparar los bienes transportados contra los riesgos que puedan afectarles durante su desplazamiento de un lugar a otro y en el transcurso de períodos en que los bienes deben permanecer en reposo debido a las circunstancias del viaje (carga/descarga, estancias...). Además, cubre los daños producidos al medio de transporte y a terceros.
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TIPOS DE PÓLIZAS EN TRANSPORTES

En los seguros de transporte existen distintas maneras de configurar una póliza según las necesidades y características de cada caso. Así, las más comunes son:

Pólizas aisladas - Se utilizan para cubrir un solo viaje. Su duración es por el periodo que dure el viaje y, en el caso de mercancías, como máximo 6 meses desde la fecha de emisión.

Pólizas abiertas - Se utilizan para una operación o un conjunto de ellas relacionadas que implique un número considerable de viajes. Su duración es por el periodo de la operación.

Pólizas flotantes - Tiene una duración indefinida y se mantiene vigente mientras no se oponga ninguna de las partes. Sirven para cubrir todas las operaciones de un asegurado en unas ciertas condiciones, límites y ámbitos convenidos. El asegurado da comunicación de cada viaje mediante un Boletín y la prima se regula periódicamente mediante suplementos en función del número de viajes efectuados y el valor asegurado en cada uno de ellos.

Pólizas sobre volúmenes - Estas pólizas se basan en la facturación o el volumen que se pretende asegurar sin necesidad de comunicar cada desplazamiento. En función de este parámetro se calcula una prima anual, siendo regularizable después de cada periodo, según el volumen realmente transportado.
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FACTORES QUE INFLUYEN EN LA SUSCRIPCIÓN DEL SEGURO

DE MERCANCÍAS.

Términos de compra-venta - En el transcurso del transporte, llega un momento en el que la mercancía cambia de propietario en un contrato de compra-venta. Es preciso conocer de antemano quién es el propietario de la mercancía en cada momento, para que sea el responsable de la ejecución de una serie de acciones, debiendo asumir el coste de las mismas. Existen Convenios sobre las responsabilidades que recaen sobre el comprador y vendedor en cada momento según el tipo de transporte y el ámbito de aplicación.

Los bienes asegurados - Es especialmente importante conocer la naturaleza de los mismos, ya que las mercancías inflamables, perecederas, etc, requieren pacto expreso.

El tipo y calidad del medio de transporte utilizado

El ámbito geográfico en el que se desarrolla el transporte - Situación geográfica, climatología, distancia...

Los contratos de transporte - Dependiendo del ámbito en el que se desarrolle el trasporte, el contrato adquiere diferentes obligaciones y derechos entre el transportista y el cargador.

Valor de las mercancías - El seguro puede amparar únicamente el valor material de las mercancías o incluir también el aumento de coste que se va produciendo por fletes, portes... hasta su destino.
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SEGURO DE TRANSPORTE TERRESTRE
Mediante esta modalidad queda comprendido el aseguramiento de las mercancías transportadas mediante locomoción terrestre así como los medios utilizados para el transporte, como son los vagones de ferrocarril, en su caso.
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SEGURO DE MERCANCÍAS POR VÍA TERRESTRE
Se aseguran las mercancías transportadas por los medios propios de la locomoción terrestre.
El asegurador se obliga a indemnizar los daños materiales que puedan sufrir las mercancías transportadas o el medio utilizado como consecuencia de su transporte, quedando excluidos los daños debidos a la propia naturaleza de los bienes asegurados (como las mermas en calidad sufridas por productos perecederos)

Así, las garantías se resumen en:

Incendio, rayo o explosión, excepto combustión espontánea

Accidentes del medio de transporte por caída del vehículo, vuelco, colisión, lluvias tempestuosas, desprendimiento de tierras...

Pérdida total de la embarcación, contribución a la avería gruesa (daño intencionado para preservar de un mal mayor), abordaje, etc. durante el tránsito a bordo de embarcaciones a su paso por canales o estrechos.

Accidentes de vuelo al aterrizar o despegar cuando sea un viaje complementario al transporte terrestre.

Robo realizado en cuadrilla y a mano armada.

De manera opcional, se pueden asegurar una cobertura ampliada, que supone la inclusión de:

Daños producidos por mojadura, moho, vaho, roturas, derrame, carga y/o descarga, contacto con otros cargamentos, u otra causa similar.

Robo parcial del contenido

Extravío o falta de entrega de bultos enteros.

*Consultar Condiciones Generales y Particulares.
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SEGURO DE TRANSPORTE MARÍTIMO

El objeto de esta modalidad de seguro consiste en cubrir cualquier interés sometido a los riesgos de la navegación o del transporte marítimo, Está regulado en el Código de Comercio.
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SEGURO DE MERCANCÍAS POR VÍA MARÍTIMA
En ella se incluye el aseguramiento de las mercancías transportadas por vía marítima y/o acuática en general. Se rige por el Código de Comercio y los principales riesgos que cubre son:

Pérdida total, contribución a la avería gruesa y gastos de salvamento debidos a accidentes.

Avería particular en los casos de naufragio, incendio, varada o abordaje.

La mercancía sobre cubierta deberá ser declarada expresamente en la póliza y se asegura la pérdida total por accidente, contribución a la avería gruesa y arrastre por las olas.

De manera opcional y mediante pacto expreso, se puede asegurar:

Robo parcial del contenido y derrames, roturas, incendio y robo sobre el muelle, falta de entrega de bultos, caída de bultos durante carga/descarga, oxidación, moho y vaho en bodega

Guerra, minas, motines, huelgas, sabotajes, etc.
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SEGURO DE TRANSPORTE AÉREO
Este seguro tiene por objeto garantizar los riesgos propios de la navegación que afecten a la aeronave, mercancías y flete, así como las responsabilidades derivadas de los daños causados a terceros por la aeronave en tierra, agua o vuelo. Debido al valor que pueden alcanzar los capitales a asegurar, es muy frecuente que su cobertura se proteja vía reaseguro.
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SEGURO DE MERCANCÍAS POR VÍA AÉREA
Asegura la mercancía transportada por vía aérea mediante la cobertura de accidentes de la aeronave por caída, vuelco colisión, incendio, etc.

Puede contratarse de forma opcional las coberturas por robo, roturas, derrames, mojaduras, oxidación, y otros riesgos análogos.
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SEGURO DE CASCOS
Hace referencia al aseguramiento de los medios de transporte marítimo, su explotación y utilización. Así, existen distintas formas de aseguramiento entre las que cabe destacar:

Seguro sobre el buque: cubre tanto al casco como a los demás elementos que conforman el buque; es decir, incluye maquinaria, aparejos, víveres y combustible .

Seguro sobre responsabilidades o “recursos de tercero” y su alcance se limita a los daños materiales causados a bienes de terceros.

Seguro sobre desembolsos y riesgos de buena llegada: ampara los perjuicios derivados de la falta de explotación del buque.

Los principales riesgos amparados por la póliza son los siguientes:

Pérdida total, abandono, contribución a la avería gruesa y gastos de salvamento debido a naufragio, abordaje, varada e incendio.

Averías particulares debidos exclusivamente a naufragio, varada, abordaje fortuito e incendio.

Recurso de terceros por abordaje cuando el buque asegurado sea declarado culpable de los daños.
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SEGURO DE EMBARCACIONES DE RECREO O DEPORTIVAS
Es una cobertura particular para yates y embarcaciones de recreo y deportivas, dentro de la modalidad de cascos. Se suelen confeccionar pólizas multirriesgo que pueden incluir:

Daños propios a la embarcación y aparejos por pérdida total, robo, averías particulares, etc.

Responsabilidad civil frente a terceros, tanto el seguro de Responsabilidad obligatoria como el seguro Voluntario para ampliar capitales.

Ocupantes para amparar el riesgo de muerte, invalidez permanente y asistencia

Otras garantías complementarias: cobertura de efectos personales, asistencia náutica, reclamación de daños, etc.
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AERONAVES

Esta cobertura abarca el aseguramiento de aeronaves, las responsabilidades en que pueda incurrir y su explotación, tanto en la aviación comercial como en la privada y de recreo.

La cobertura abarca:
Pérdida o daños a la propia nave como consecuencia de un accidente.

Perjuicios ocasionados a terceros, tanto pasajeros como no pasajeros

Además, como riesgos complementarios, puede incluir las pérdidas de explotación sufridas por un siniestro.

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OFICIAL DE LA MARINA MERCANTE. ADMINISTRADOR DE NEGOCIOS INTERNACIONALES. ESPECIALISTA EN LOGISTICA INTERNACIONAL. EXPERTO EN ADUANAS Y OPERACIONES LOGISTICAS. POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN Y NEGOCIOS. ESPECIALISTA EN MERCANCÍAS PELIGROSAS. ASESOR COMERCIAL DE EMPRESAS AMERICANAS. PROFESOR DE LA ESCUELA DE DIPLOMADOS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PERÚ. PROFESOR DEL GRUPO IDAT.

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