AUTORIZACIÓN PARA OPERAR COMO ALMACÉN ADUANERO: TERMINAL DE ALMACENAMIENTO, DEPÓSITO ADUANERO AUTORIZADO PÚBLICO O PRIVADO.
1.-SOLICITUD INDICANDO EL NÚMERO DE RUC Y LA CIRCUNSCRIPCIÓN ADUANERA EN LA QUE PRETENDE OPERAR.
2 .-COPIA DEL D.N.I. O CARNÉ DE EXTRANJERÍA DEL REPRESENTANTE LEGAL Y DE LOS ACCIONISTAS O SOCIOS.
3.- DECLARACIÓN JURADA DE LOS ACCIONISTAS O SOCIOS, EN LA QUE DECLARE NO HABER SIDO CONDENADO POR ACTO DOLOSO.
4.- DECLARACIÓN JURADA DEL REPRESENTANTE LEGAL, EN LA QUE DECLARE SER RESIDENTE EN EL PAÍS, SU CONDICIÓN DE CIUDADANO EN EJERCICIO, SU DOMICILIO LEGAL Y NO HABER SIDO CONDENADO POR ACTO DOLOSO.
5.- COPIA DEL TESTIMONIO DE ESCRITURA PUBLICA DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD Y DE SUS MODIFICACIONES, INSCRITA EN LOS REGISTROS PÚBLICOS, DEBIENDO MENCIONARSE EN EL OBJETO SOCIAL DEL ESTATUTO EL SERVICIO DE ALMACENAMIENTO COMO UNA DE SUS ACTIVIDADES.
6.- COPIA DE LA LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO.
7.- COPIA DEL CONTRATO DE ALQUILER DEL INMUEBLE DESTINADO A ALMACÉN ADUANERO, O COPIA LITERAL DE SU INSCRIPCIÓN EN LOS REGISTROS PÚBLICOS, DE SER LOCAL PROPIO.
8.- CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN CONSTITUIDA A FAVOR DE LA SUNAT, LA QUE PODRÁ SER PRESENTADA CON POSTERIORIDAD A LA REALIZACIÓN DE LA VISITA DE VERIFICACIÓN DE INFRAESTRUCTURA, EMITIDA EN DÓLARES AMERICANOS POR ENTIDADES BANCARIAS, FINANCIERAS O DE SEGUROS AUTORIZADAS POR LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS, CON VIGENCIA ANUAL, DE CARÁCTER SOLIDARIO, IRREVOCABLE, INCONDICIONAL, INDIVISIBLE Y DE REALIZACIÓN INMEDIATA, QUE ASEGURE EL PAGO DE LOS ADEUDOS Y DEMÁS OBLIGACIONES QUE SE GENEREN COMO CONSECUENCIA DEL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, LA CUAL DEBERÁ REAJUSTARSE ANUALMENTE SEGÚN CORRESPONDA, CUYOS MONTOS MÍNIMOS Y MÁXIMOS, SON:
8 .1 A. LIMA Y CALLAO:
MÍNIMOS - MÁXIMOS
TERMINAL MARÍTIMO $ 400,000 $ 1 400,000
TERMINAL AÉREO $ 200,000 $ 800,000
TERMINAL POSTAL $ 100,000 $ 800,000
DEPÓSITO PUBLICO $ 200,000 $ 1 200,000
DEPÓSITO PRIVADO $ 100,000 $ 1 000,000
8 .2 FUERA DE LIMA Y CALLAO:
MÍNIMOS - MÁXIMOS
TERMINAL MARÍTIMO $ 150,000 $ 1 400,000
TERMINAL AÉREO $ 100,000 $ 800,000
TERMINAL TERRESTRE$ 100,000 $ 800,000
TERMINAL POSTAL $ 30,000 $ 800,000
TERMINAL FLUVIAL $ 30,000 ---
TERMINAL LACUSTRE $ 30,000 ---
DEPÓSITO PUBLICO $ 100,000 $ 1 200,000
DEPÓSITO PRIVADO $ 80,000 $ 1 000,000
9.- LA GARANTÍA A CONSTITUIR POR LOS TERMINALES DE ALMACENAMIENTO MARÍTIMO, AÉREO, POSTAL O LACUSTRE AUTORIZADOS POR LA SUNAT PARA ALMACENAJE EXCLUSIVO DE MERCANCÍAS DESTINADAS AL RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN, SERÁ DE US$ 30,000 (TREINTA MIL DÓLARES AMERICANOS)
10.- COPIA DE LA PÓLIZA DE SEGURO CONTRA RIESGOS A FAVOR DE LOS DEPOSITANTES, EMITIDA SOBRE LA BASE DE LA MERCANCÍA QUE SE ESTIME ALMACENAR, CON EXCEPCIÓN DE LOS DEPÓSITOS ADUANEROS AUTORIZADOS PRIVADOS.
11.- COPIA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE SERVICIO POSTAL, PARA EL CASO DE LOS TERMINALES DE ALMACENAMIENTO POSTAL.
12.- COPIA DEL PLANO Y MEMORIA DESCRIPTIVA DEL LOCAL SOLICITADO PARA OPERAR COMO ALMACÉN ADUANERO, EN DONDE SE SEÑALEN SUS ÁREAS ESTRUCTURALES, FIRMADOS POR UN INGENIERO CIVIL O ARQUITECTO COLEGIADO
13.- EL ALMACÉN DEBERÁ CONTAR CON INSTALACIONES, EQUIPOS Y MEDIOS QUE SATISFAGAN SU FUNCIONALIDAD, HIGIENE, SEGURIDAD, Y CUMPLIR CON LOS REQUISITOS SIGUIENTES:
13 .1 ÁREA MÍNIMA CUYO PERÍMETRO ESTE DEBIDAMENTE DELIMITADO
13 .1 .1 TERMINALES DE ALMACENAMIENTO:
PARA CARGA MARÍTIMA 10,000 M²
PARA CARGA TERRESTRE Y AÉREA 2,000 M²
PARA ENVÍOS POSTALES Y CORRESPONDENCIA 100 M2
13 .1 .2 DEPÓSITOS ADUANEROS AUTORIZADOS:
PÚBLICOS 3,000 M²
PRIVADOS 1,000 M²
13 .2 UNA O MAS PUERTAS PARA INGRESO Y SALIDA DE LAS MERCANCÍAS.
13 .3 INSTALACIONES DE ALMACENAMIENTO DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LA MERCANCÍA.
13 .4 UNA "OFICINA ADUANERA" PARA EL USO DE LA AUTORIDAD ADUANERA, DEBIDAMENTE IMPLEMENTADA CON MOBILIARIO, COMPUTADORA, ALUMBRADO Y DEMÁS SERVICIOS, CUYOS GASTOS SERÁN POR CUENTA DEL ALMACÉN ADUANERO. DICHA OFICINA ESTARÁ CERCANA A LA ZONA DE RECONOCIMIENTO FÍSICO.
13 .5 LA ZONA DE RECONOCIMIENTO FÍSICO DESTINADA A LAS MERCANCÍAS CONTENIDAS EN CONTENEDORES DEBE SER SEPARADA DE LA DESTINADA A LA "CARGA SUELTA".
13 .6 VÍAS DE ACCESO PEATONAL Y VEHICULAR, DEBIDAMENTE IDENTIFICADAS, DEMARCADAS Y SEÑALIZADAS.
13 .7 SEGÚN LA COMPLEJIDAD DE SU INFRAESTRUCTURA, HABILITAR UNA O MAS "ZONAS DE RECONOCIMIENTO FÍSICO", QUE REÚNAN LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS:
13 .7 .1 ESTAR UBICADA DENTRO DE LAS ZONAS DE ALMACENAMIENTO.
13 .7 .2 PISO ASFALTADO O PAVIMENTADO
13 .7 .3 ESTAR DEBIDAMENTE DELIMITADA Y SEÑALIZADA
13 .7 .4 QUE SU EXTENSIÓN GUARDE RELACIÓN CON EL MOVIMIENTO DIARIO DE OPERACIONES QUE ESTIME EFECTUAR, PERMITIENDO EL FÁCIL ACCESO DE LA AUTORIDAD ADUANERA A LAS MERCANCÍAS PARA UN EFICIENTE RECONOCIMIENTO FÍSICO.
13 .8 UN “ALMACÉN DE INVENTARIO” PARA MERCANCÍAS QUE ARRIBEN EN MAL ESTADO Y AQUELLAS QUE COMO CONSECUENCIA DEL RECONOCIMIENTO FÍSICO RESULTEN CON INCIDENCIAS QUE IMPLIQUEN UN TRAMITE ADICIONAL PARA SU DESPACHO
13 .9 UN RECINTO ESPECIAL PARA ALMACENAR COMBUSTIBLE Y MERCANCÍAS INFLAMABLES CON PUNTO DE IGNICIÓN INFERIOR A 50º GRADOS CENTÍGRADOS, LOS QUE DEBEN SER ROTULADOS COMO TALES; ASÍ COMO, PARA ALMACENAR LOS PRODUCTOS QUÍMICOS QUE ATENTEN CONTRA LA VIDA Y LA SALUD DE LAS PERSONAS, ANIMALES O VEGETALES, QUE DEBERÁN ESTAR CONTENIDOS EN ENVASES SELLADOS Y DEBIDAMENTE ROTULADOS
13 .10 UN RECINTO PARA ALMACENAR MERCANCÍAS QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACIÓN DE ABANDONO LEGAL
13 .11 UNA “BALANZA DE PLATAFORMA” PARA EL PESAJE DE LA CARGA A LA ENTRADA Y SALIDA, AMPARADA EN CERTIFICADO DE CALIBRACIÓN VIGENTE, EXPEDIDO POR EL INDECOPI O POR LABORATORIO DE CALIBRACIÓN ACREDITADO EN ESTE TIPO DE ACTIVIDADES, RENOVADO ANTES DE SU VENCIMIENTO, DEBIENDO TENER LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS:
13 .11 .1 EN TERMINALES DE ALMACENAMIENTO PARA CARGA MARÍTIMA Y TERRESTRE Y DEPÓSITOS ADUANEROS AUTORIZADOS: CAPACIDAD NO MENOR DE 60 T.M.
13 .11 .2 EN TERMINALES DE ALMACENAMIENTO PARA CARGA AEREA: CAPACIDAD NO MENOR DE 10 T.M.
13 .11 .3 EN TERMINALES DE ALMACENAMIENTO POSTAL DEBERÁN CONTAR CON BALANZAS ADECUADAS A SUS OPERACIONES.
13 .12 EQUIPO ADECUADO PARA MANIPULEO DE LA CARGA, QUE FACILITE EL RECONOCIMIENTO PREVIO Y FÍSICO.
13 .13 EQUIPO DE LUCHA CONTRA INCENDIO E ILUMINACIÓN SUFICIENTE. LAS ÁREAS DE ALMACENAMIENTO TECHADAS Y CERRADAS REQUERIRÁN ADEMÁS EQUIPO DE DETECCIÓN CONTRA INCENDIO.
13 .14 EL LOCAL AL INTERIOR NO DEBE TENER ACCESO ALGUNO A OTRO ALMACÉN ADUANERO O LOCAL EN GENERAL.
13 .15 LAS OFICINAS ADMINISTRATIVAS ESTARÁN UBICADAS EN ÁREAS DIFERENTES A LAS SEÑALADAS PARA EL ALMACENAMIENTO DE LAS MERCANCÍAS.
13 .16 SISTEMA DE COMUNICACIÓN DE DATOS Y EQUIPOS DE COMPUTO, QUE PERMITAN LA INTERCONEXIÓN CON SUNAT, CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESTABLECIDAS.
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