lunes, 20 de septiembre de 2010

PREGUNTAS FRECUENTES DE FINANCIAMIENTO II

¿Qué es la Central de Riesgo?

Es un sistema integrado de registro de riesgos financieros, crediticios, comerciales y de seguros, conteniendo información consolidada y clasificada sobre los deudores de las empresas

¿Qué se registra en la Central de riesgo?

Entre otras situaciones se registran los riesgos por endeudamientos financieros y crediticios en el país y en el exterior, los riesgos comerciales en el país, los riesgos vinculados con el seguro de crédito y otros riesgos de seguro, dentro de los límites que determine la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs

¿Existe una sola central de riesgos?

No, existen centrales de riesgo privadas y la Central de Riesgos de la SBS que es pública y se rige por lo dispuesto en los artículos 158°,159°, y 160° de la Ley N ° 26702. Las instituciones de crédito reportan a los usuarios para ser incluidos en la Central de Riesgos de la SBS ; las entidades privadas manejan datos de diversas fuentes.

Es la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs quien clasifica la obligación de un deudor?

Las clasificaciones son establecidas por la empresas del sistema financiero de acuerdo con el comportamiento crediticio de los usuarios, las mismas que deben ser consistentes con los criterios establecidos en la Resolución SBS Nº 808-2003.

¿Es la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs quién puede depurar la información del reporte histórico crediticio de los usuarios?

No, la información de la Central de Riesgos de la SBS respecto al récord histórico de un deudor se mantiene en el sistema como un indicador de la calidad del cumplimiento de la obligación adquirida. La Superintendencia no emite constancia de cancelación de deudas, ni documento alguno en el que se recomiende al deudor para efectos de solicitar créditos en las empresas financieras.


En el caso de las centrales de riesgo privado, la información sobre incumplimientos de obligaciones será excluida cuando la obligación se haya extinguido y hayan transcurrido 2 (dos) años desde su extinción, o cuando hayan transcurrido cinco años desde el vencimiento de la obligación. No obstante, estos plazos no se aplican en caso que proceda el derecho de cancelación de información del titular que fuese ilegal, inexacta, errónea o caduca, según lo dispuesto en el literal b) del artículo 13º de la Ley de CEPIRS N°27489, modificado por la Ley N º 27863.

¿Cómo puede mejorar la clasificación que es reportada a la Central de Riesgo de la SBS?

La información que es reportada en la central de riesgos por las entidades del sistema financiero ya no se puede eliminar, queda registrada en el histórico, pero conforme mejore su comportamiento de pago podrá mejorar también su clasificación en esta central.

Una empresa me ha reportado pero nunca he tenido ninguna deuda con ellos, ¿qué puedo hacer?

Debe dirigirse a la entidad que lo ha reportado y solicitar de manera formal la rectificación de dicha información por los períodos reportados.


La entidad financiera está en la obligación de rectificar esa información y reportarla a la SBS , para su publicación, así como a las centrales de riesgos privadas.

He sido reportado con una deuda vendida, ¿a qué se refiere?

Se considera deuda vendida cuando un usuario ha incurrido en retraso por período prolongado en el pago de su deuda y las entidades financieras venden dicha deuda a alguna empresa de cobranzas.

Dónde puedo solicitar el reporte de la Central de Riesgos SBS?
El reporte de la Central de Riesgos de la SBS puede solicitarlo en la Plataforma de Atención al Usuario ubicada en Jr. Junín 270 Lima, de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 4:30 p.m.Si es tramitado personalmente por el usuario (persona natural), éste deberá presentar su documento de identificación personal (DNI, Carné de identidad, carné de extranjería o pasaporte).


Si es tramitado por un representante, necesitará acreditarse con una carta poder simple y adjuntar la copia del documento de identidad del solicitante.


Este reporte es gratuito.

Para solicitar el reporte de la Central de Riesgos de una persona jurídica, ¿qué documentos debo presentar?

Si es tramitado por el representante legal debe presentar su documento de identificación personal (DNI, Carné de identidad, carné de extranjería o pasaporte), fotocopia del RUC de la empresa y fotocopia de la escritura pública.

Si el trámite se lleva a cabo a través de un representante autorizado, éste debe presentar una carta poder notarial, carta de presentación de la empresa firmada por el representante legal, documento de identificación personal (DNI, Carné de identidad, carné de extranjería o pasaporte), fotocopia del documento de identificación personal del representante legal, fotocopia del RUC de la empresa y fotocopia de la escritura pública en la que designa el representante legal.

PREGUNTAS FRECUENTES DE FINANCIAMIENTO I

1.¿Los depósitos de quién se encuentran asegurados?


El Fondo asegura los depósitos nominativos de personas naturales y personas jurídicas privadas sin fines de lucro y depósitos a la vista de las demás personas jurídicas (excepto del sistema financiero).
•Cuentas Corrientes
•Cuentas a Plazo
•Cuentas de Ahorro
•Depósitos CTS
•Certificados de Depósito No Negociables
•Depósitos en Garantía
•Depósitos para Cuotas Iniciales
•Plan progresivo de Depósitos
•Retenciones Judiciales
•Intereses por Depósitos
•Depósitos con contratos Swaps y/o compra futuro ME
•Depósitos a la Vista Inactivos
•Depósitos de Ahorro Inactivos
•Depósitos a Plazo Inactivos
Los certificados, bonos y cualquier otro instrumento emitido al portador no estan asegurados por el Fondo.

El Fondo tampoco cubre los depósitos cuyos titulares sean:

•Personas que durante los 2 (dos) años previos a la declaración de disolución y liquidación de la empresa, se hubieren desempeñado como directores o gerentes de la misma.

•Personas pertenecientes a los grupos económicos que tengan una participación mayor al 4 % (cuatro por ciento) en el capital social de la empresa al momento de la declaración de disolución y liquidación, siempre que hayan participado directa o indirectamente en su gestión.

•Accionistas, personal de dirección y de confianza de la empresa que al momento de la declaración de disolución y liquidación tengan tal condición.

•Personas vinculadas a la empresa según los criterios establecidos por la SBS

•Empresas del sistema financiero nacional que sean miembros del Fondo o sus similares del extranjero.
2. ¿Los depósitos mantenidos en qué entidades se encuentran asegurados?

La Ley Nº 26702 ha establecido que las siguientes empresas, autorizadas a captar depósitos del público, son miembros del FSD :

•Empresa Bancaria

•Empresa Financiera

•Caja Municipal de Ahorro y Crédito

•Caja Rural de Ahorro y Crédito

Es necesario destacar que para que cualquiera de estas empresas sea respaldada por el FSD, deberá efectuar aportes al mismo durante 24 meses.

3. ¿Qué sucede si tengo depósitos en más de una empresa miembro del Fondo?

La cobertura tiene lugar por persona en cada empresa miembro del fondo. Si tengo depósitos en más de una empresa miembro, éstos se encuentran asegurados en cada empresa hasta por el monto máximo de cobertura.

4. ¿Cuál es la cobertura máxima que me ofrece el Fondo, depende ésta de la empresa en donde tenga mi dinero?

El monto máximo de cobertura del FSD para el periodo es de S/.87,580,00 por persona en cada empresa miembro del Fondo, comprendido los intereses, y este monto se va ajustando trimestralmente en función al Indice de Precios al Por Mayor que publica el INEI. Dicho monto es el mismo para cualquier Institución Financiera que sea miembro del Fondo. Si se presentaran cuentas mancomunadas, el monto se distribuirá a prorrata entre los titulares de la cuenta y los límites se aplicarán respecto de cada uno de ellos individualmente. El monto no cubierto por el FSD constituye crédito a ser tomado en cuenta para los fines de la liquidación y de acuerdo a las normas legales existentes.

5. ¿Qué sucede con los depositos CTS, depositos de menores u otros sin disposición plena?

Tratándose de depósitos por compensación por tiempo de servicios (CTS), depósitos de menores, depósitos en garantía o en retención judicial y otros sobre los cuales el titular no tiene disposición plena, el pago de las imposiciones cubiertas por el Fondo se realizará mediante la apertura de depósitos con características similares a los originales, a nombre de los respectivos titulares, en otras empresas.

6. ¿Qué debo hacer si mi banco quiebra, cuándo recupero mi dinero?

Una vez declarada la disolución de la empresa financiera la SBS cuidará que en un plazo no mayor a 60 días los liquidadores remitan al FSD la relación de lo asegurados cubiertos, indicando el monto a que ascienden sus derechos, diferenciando el correspondiente a capital e intereses. Quienes hubiesen sido omitidos en la relación pueden formular el reclamo correspondiente ante la Superintendencia en un plazo de 60 días de iniciada la exhibición de dicho documento, lo cual debe ser certificado notarialmente. El FSD iniciará los pagos en un plazo no mayor de 10 días hábiles de recibida la relación, y los pagos proseguirán de manera interrumpida. El plazo para cobrar los fondos vence hasta dentro de 10 años contados a partir de la fecha en que se inician los pagos. Una vez transcurrido dicho periodo, el asegurado pierde el derecho de cobertura y el monto pasa a formar parte de los recursos del FSD.

7. ¿Qué pasa con las deudas que tenía con el banco quebrado?

Conforme a lo dispuesto en el Articulo 155º de la Ley 26702, si el asegurado mantuviese obligaciones para con el miembro del Fondo en proceso de liquidación, se practica la compensación correspondiente y se le abona sólo el saldo que pueda resultar a su favor. Esta compensación procede también, ilimitadamente, respecto de las sumas originadas en los depósitos por compensación de tiempo de servicios y de otra acreencia aun intangible o inembargable del deudor.

8. ¿Qué debo hacer si encuentro alguna empresa que capta depósitos del público y no es miembro del Fondo?

Debo notificar a la Superintendencia de Banca y Seguros, ya que los ahorros de todos los ahorristas en esta empresa podrían estar en peligro.

9. ¿Que instrumentos respalda el FSD?

El Fondo respalda únicamente:

1. Los depósitos nominativos, bajo cualquier modalidad, de las personas naturales y las personas jurídicas privadas sin fines de lucro;

2. Los intereses devengados por los depósitos anteriormente mencionados, a partir de la fecha de constitución o de su última renovación; y

3. Los depósitos a la vista de las demás personas jurídicas, exceptuando los correspondientes a las empresas del sistema financiero.


10. ¿Que instrumentos no respalda el FSD?

El Fondo no cubre los depósitos de los titulares que durante los 2 (dos) años previos a la declaración de disolución y liquidación, se hubieren desempeñado como directores o gerentes de la empresa de que se trate, y de las personas pertenecientes a los grupos económicos que tengan participación mayor al 4% (cuatro por ciento) en la propiedad de la empresa, siempre que hayan participado directa o indirectamente en su gestión. Tampoco están cubiertos los depósitos correspondientes a personas vinculadas a la empresa, sus accionistas, personal de dirección y de confianza, los depósitos de otras empresas del sistema financiero nacional o del extranjero, los depósitos constituidos con infracción de la ley y los instrumentos, que gozando formalmente de la denominación de depósito, sean esencialmente acreencias no depositarias." Los certificados, bonos y cualquier otro instrumento emitido al portador no estás asegurados por el Fondo.

11.¿Cuánto cuesta al depositante contar con el seguro de depósitos?

No le cuesta absolutamente nada. Las entidades financieras autorizadas por la SBS a captar depósitos del público, como los bancos, financieras, cajas municipales y cajas rurales de ahorro y crédito, deben de manera obligatoria pagar primas trimestrales al FSD para que sus depositantes se encuentren asegurados.

Sin embargo, se debe tener en cuenta que las entidades financieras que ingresen como miembros del FSD, deberán pagar primas durante 24 meses para que sus depositantes se encuentren cubiertos.

12.¿Dónde debe inscribirse el depositante para que sus ahorros estén protegidos por el FSD?

El depositante no necesita inscribirse en ninguna lista para contar con la protección del seguro de depósitos. Al depositar sus ahorros en una entidad miembro del FSD, queda automáticamente asegurado.

TASA DE INTERÉS

La tasa de interés es el porcentaje al que está invertido un capital en una unidad de tiempo, determinando lo que se refiere como "el precio del dinero en el mercado financiero".



En términos generales, a nivel individual, la tasa de interés (expresada en porcentajes) representa un balance entre el riesgo y la posible ganancia (oportunidad) de la utilización de una suma de dinero en una situación y tiempo determinado. En este sentido, la tasa de interés es el precio del dinero, el cual se debe pagar/cobrar por tomarlo prestado/cederlo en préstamo en una situación determinada. Por ejemplo, si las tasas de interés fueran la mismas tanto para depósitos en bonos del Estado, cuentas bancarias a largo plazo e inversiones en un nuevo tipo de industria, nadie invertiría en acciones o depositaria en un banco. Tanto la industria como el banco pueden ir a la bancarrota, un país no. Por otra parte, el riesgo de la inversión en una empresa determinada es mayor que el riesgo de un banco. Sigue entonces que la tasa de interés será menor para bonos del Estado que para depósitos a largo plazo en un banco privado, la que a su vez será menor que los posibles intereses ganados en una inversión industrial.

De esta manera, desde el punto de vista del Estado, una tasa de interés alta incentiva el ahorro y una tasa de interés baja incentiva el consumo. Esto permite la intervención estatal a fin de fomentar ya sea el ahorro o la expansión, de acuerdo a objetivos macroeconomicos generales.



Dado lo anterior, las tasas de interés "reales" (al publico) se fijan en relación a tres factores:

A) La tasa de interés que es fijada por el banco central de cada país para préstamos (del Estado) a los otros bancos o para los préstamos entre los bancos (la tasa entre bancos). Esta tasa corresponde a la política macroeconomica del país (generalmente es fijada a fin de promover el crecimiento económico y la estabilidad financiera). Tasas de interés por bancos al publico se basan en esta más un factor que depende de:

B) La situación en los mercados de acciones de un país determinado. Si los precios de las acciones están subiendo, la demanda por dinero (a fin de comprar tales acciones) aumenta, y con ello, la tasa de interés.

C) La relación a la "inversión similar" que el banco habría realizado con el Estado de no haber prestado ese dinero a un privado. Por ejemplo, las tasas fijas de hipotecas están referenciadas con los bonos del Tesoro a 30 años, mientras que las tasas de interés de préstamos circulantes, como las de las tarjetas de crédito, están basadas en los índices Prime y dependen también de las políticas de encaje del Banco Central.

Así, el concepto de "tasa de interés" admite numerosas definiciones, las cuales varían según el contexto en el cual es utilizado. A su vez, en la práctica, se observan múltiples tasas de interés, por lo que resulta difícil determinar una única tasa de interés relevante para todas las transacciones económicas. Las tasas más comunes son:

Tasa de interés activa: Es el porcentaje que las instituciones bancarias, de acuerdo con las condiciones de mercado y las disposiciones del banco central, cobran por los diferentes tipos de servicios de crédito a los usuarios de los mismos. Son activas porque son recursos a favor de la banca.

Tasa de interés pasiva: Es el porcentaje que paga una institución bancaria a quien deposita dinero mediante cualquiera de los instrumentos que para tal efecto existen.

Tasa de interés preferencial: Es un porcentaje inferior al "normal" o general (que puede ser incluso inferior al costo de fondeo establecido de acuerdo a las políticas del Gobierno) que se cobra a los préstamos destinados a actividades específicas que se desea promover ya sea por el gobierno o una institución financiera. ejemplo: crédito regional selectivo, crédito a pequeños comerciantes, crédito a ejidatarios, crédito a nuevos clientes, crédito a miembros de alguna sociedad o asociación, etc.

Tasa de interés real: Es el porcentaje resultante de deducir a la tasa de interés general vigente la tasa de inflación.

Tasa de interés externa: Precio que se paga por el uso de capital externo. Se expresa en porcentaje anual, y es establecido por los países o instituciones que otorgan los recursos monetarios y financieros.

martes, 31 de agosto de 2010

SERVICIOS PORTUARIOS

Los servicios portuarios son actividades que se desarrollan en la zona portuaria, siendo necesarias para la correcta explotación de los mismos que se presten en condiciones de seguridad, eficacia, eficiencia, calidad, regularidad, continuidad y no-discriminación. Estos a su vez se orientan por los siguientes principios: la actividad portuaria se desarrollará en un marco de libre y leal competencia entre los operadores de servicios, a fin de fomentar el incremento de los tráficos portuarios y la mejora de la competitividad; se reconoce la libertad de acceso a la prestación de servicios y al desarrollo de actividades económicas en los puertos.


Los servicios portuarios se clasifican en Servicios Portuarios Generales y Servicios Portuarios Básicos cuyo régimen se establece en los fundamentos de la Ley 27943-Ley del Sistema Portuario Nacional y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC-Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional y su modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 016-2006-MTC.

Servicios Portuarios Básicos:


Son servicios básicos aquellas actividades comerciales que se prestan a las naves, a la carga y al pasaje en condiciones de libre y leal competencia y que permiten la realización de las operaciones cotidianas en los puertos de la República. Estos servicios son prestados por personas naturales y jurídicas y se encuentran regulados bajo la normatividad vigente (RM Nº259-2003-MTC).

La Autoridad Portuaria Nacional ha elaborado el Reglamento de los Servicios Portuarios Básicos, el mismo que se encuentra en etapa de aprobación por parte del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Una vez que este reglamento cuente con la aprobación de dicho Ministerio, se procederá a realizar su pre-publicación para la emisión de opiniones por parte de los usuarios y administrados.

Los servicios portuarios básicos son los siguientes:
•Abastecimiento de combustible.

•Almacenamiento.

•Amarre y desamarre de naves.

•Avituallamiento.

•Buceo.

•Embarque, estiba, desembarque, desestiba y transbordo de mercancías.

•Practicaje.

•Recojo de residuos.

•Remolcaje.

•Transporte de personas.

•Vigilancia y seguridad en las naves.



Abastecimiento de combustible: Es el servicio mediante el cual se abastece de combustible a las naves que se encuentran en la zona portuaria, mediante el uso de embarcaciones y unidades de transporte terrestre, usando bombas y mangas diseñadas para tal fin.







Almacenamiento:


Es el servicio de custodia y conservación que se presta a la carga que permanece en los lugares de depósito autorizados dentro de la zona portuaria, hasta su entrega a los consignatarios o a quienes representen sus derechos.

Amarre y desamarre de naves:


Es aquel servicio que consiste en recoger o soltar las amarras de una nave, de los elementos dispuestos para este fin, en los terminales e instalaciones portuarias, siguiendo las instrucciones del capitán de la nave con el asesoramiento del práctico en el orden conveniente para facilitar las operaciones. Los operarios (gavieros) asignados deberán asistir al capitán y al práctico en la prestación del servicio de amarre y desamarre.

Avituallamiento:


Es el servicio mediante el cual se provee a una nave de pertrechos (víveres, combustible de uso doméstico, medicinas, agua y en general de productos y materiales necesarios para la operación de la misma), con excepción del combustible para la operación de la misma.

Buceo:


El servicio de buceo es la actividad de desplazarse o permanecer bajo la superficie del agua con ayuda de equipos adecuados, con la finalidad de efectuar trabajos de salvataje y recuperación de bienes sumergidos o inspección, reparación y mantenimiento de partes sumergidas de naves o instalaciones portuarias.

Embarque, estiba, desembarque, desestiba y transbordo de mercancías:


El servicio de estiba y desestiba comprende las labores de embarque, desembarque, estiba, desestiba y transbordo de mercancías desde las naves a los muelles y/o viceversa y entre naves dentro de la zona portuaria.





Practicaje:


Es el servicio que se presta a la nave a través del práctico. El práctico deberá asesorar al capitán de la nave, para conducirla con seguridad dentro del área de maniobra en la zona portuaria, garantizando la seguridad de la vida humana, la seguridad de la nave y de las instalaciones portuarias así como prevenir daños al ambiente y la ecología.



Recojo de residuos:


El servicio de recojo de residuos consiste en la recolección de residuos líquidos y sólidos procedentes de las naves dentro de la zona portuaria, usando para ello bombas y mangas adecuadas para tal fin, así como medios físicos en el caso de residuos sólidos.

Remolcaje:


Es el servicio que tiene como propósito asistir a las naves durante las maniobras efectuadas en la zona portuaria, mediante el uso de remolcadores.


 
 
Transporte de personas:


Es el servicio que tiene como propósito transportar por medio de embarcaciones a tripulantes, pasajeros, prácticos, personal de amarre y desamarre de boyas, y en general personas, así como suministros desde y hacia a bordo de las naves, situadas en la zona portuaria.




Vigilancia y seguridad en las naves:


Es el servicio cuya actividad consiste en brindar los medios para la vigilancia y seguridad a bordo de las naves que se encuentren en la zona portuaria.




Servicios Portuarios Generales:

Según el artículo 24 de la Ley del Sistema Portuario Nacional (LSPN), la APN tiene, entre otras, las siguientes funciones:
•Velar por la prestación universal de los servicios portuarios a través de los puertos de titularidad pública y en el ámbito de su competencia.

•Establecer las normas técnico-operativas para el desarrollo y la prestación de las actividades y los servicios portuarios, acordes con los principios de transparencia y libre competencia.

•Normar en lo técnico, operativo y administrativo, el acceso a la infraestructura portuaria, así como el ingreso, permanencia y salida de las naves y de la carga en los puertos sujetos al ámbito de su competencia; los permisos para la navegación comercial de buques; y en lo pertinente a la apertura y cierre de los puertos, remolcaje, recepción y despacho, seguridad del puerto y de las naves, así como cualquier otra actividad existente o por crearse.

Asimismo, el Reglamento de la LSPN aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004 MTC de fecha 3 de febrero de 2004, y la modificatoria al artículo 64 aprobada por Decreto Supremo Nº 016-2006-MTC, indica que los servicios portuarios generales son aquellos que presta la Autoridad Portuaria competente y de los que se benefician los usuarios del puerto sin necesidad de solicitud. Entendiéndose por áreas comunes a todas las áreas del puerto no asignadas a uno o más administradores portuarios.
Los servicios portuarios generales son los siguientes:

•Control del tráfico portuario.

•Señalización, balizamiento y otras ayudas a la navegación en la zona portuaria.

•Protección y seguridad.

•Dragado.

•Alumbrado.

•Limpieza.

•Prevención y control de emergencias
 
Control del tráfico portuario:
 
Este servicio tiene como objetivo brindar seguridad y orden en el flujo del tráfico de las naves cuando se encuentren en tránsito de ingreso o salida de los puertos, zonas portuarias, áreas de fondeo, terminales e instalaciones portuarias.


Asimismo, la Autoridad Portuaria Nacional viene efectuando los procedimientos necesarios para la implementación del servicio de control de tráfico portuario – TRAPOR, que inicialmente se efectuará en el Puerto del Callao y luego se replicará en el Sistema Portuario Nacional. Con este procedimiento se espera contribuir a mejorar la seguridad de las personas, de la infraestructura y de las naves que ingresan y salen a las zonas portuarias.

Señalización, balizamiento y otras ayudas a la navegación en la zona portuaria:

Este servicio tiene por objetivo la instalación, operación y mantenimiento de la señalización, balizamiento y otras ayudas a la navegaciónen las áreas comunes de las zonas portuarias, de acuerdo a los estándares internacionales para los sistemas de ayudas a la navegación, facilitando la seguridad y movimiento de las naves, protegiendo la vida humana y las instalaciones en las áreas comunes de la zona portuaria, así como del ambiente.



Protección y seguridad:


Se establecerán los lineamientos y el alcance de la protección y seguridad en las áreas comunes de las zonas portuarias frente a las amenazas y los riesgos de sucesos que puedan afectar la protección y la seguridad portuaria.

Dragado:
 
Se establecerán los lineamientos para el control de las operaciones de dragado en las áreas acuáticas, con la finalidad de asegurar el calado necesario para que las naves puedan transitar libremente por los canales de ingreso y atracar en los muelles y amarraderos. Se consideraran dentro de estos lineamientos, medidas de protección ambiental para el desarrollo de esta actividad incidiendo en la calidad del agua, recurso que se ve afectado por la remoción de los sedimentos.



Alumbrado:
 
Se establecerán lineamientos para implementar y mantener el servicio de alumbrado en las áreas comunes de las zonas portuarias, en las condiciones adecuadas de seguridad para el tránsito de las naves.


 
 
 
 
Limpieza:
 
Se establecerán los lineamientos para mantener limpias las áreas comunes de la zonas portuarias, tomando como referencia lo normado en el “Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques” (MARPOL 73/78) y sus enmiendas, así como lo establecido en las normas nacionales según corresponda.


 
Prevención y control de emergencias:

Se establecerá un sistema para la prevención y el control de emergencias en las áreas comunes de las zonas portuarias, así como los procedimientos para su mitigación, combate y control, y las principales disposiciones sobre los planes de emergencia correspondiente.
Los planes de emergencia de acuerdo a su nivel se clasifican en:
•Planes de emergencia del puerto

•Planes de emergencia de las instalaciones portuarias

La Autoridad Portuaria desarrollará los planes de emergencia del puerto de su competencia, así como supervisará y aprobará los planes de emergencia de las instalaciones portuarias, de acuerdo a las normas vigentes

lunes, 30 de agosto de 2010

ACREDITAR LA CALIDAD ES CLAVE PARA GANAR NUEVOS MERCADOS

La conquista de nuevos mercados para nuestras exportaciones es una tarea ardua, difícil y que conlleva mucha perseverancia, pero también la obligación de mostrar y demostrar que los productos que se ofrecen, están premunidos de toda la garantía de calidad certificada por laboratorios acreditados internacionalmente.

En el caso del Perú, el papel que juegan hoy en día los laboratorios o compañías certificadoras, es de vital importancia para el crecimiento exportador y más aún cuando nuestro país está en un proceso agresivo de ampliar su presencia en los mercados internacionales, aprovechando los TLCs que se han suscrito o están en vías de concretarse no sólo con potencias económicas, como Estados Unidos, China y la Unión Europea, sino con países vecinos y de Centroamérica.

El Perú vive un dinámico proceso de crecimiento económico y nuestras exportaciones constituyen uno de los ejes centrales de ese crecimiento, por lo que los empresarios exportadores saben que tienen que ser muy competitivos con los productos que ofrecen, tanto en calidad como en precios. Por eso, la misión hoy es conquistar nuevos mercados, incluyendo a países donde las exigencias sanitarias y fitosanitarias son permanentes.

Es así que entre los grandes aliados de los exportadores están los laboratorios que acreditan la calidad de los productos, bajo normas que son reconocidas internacionalmente. Si un producto alimenticio quiere contar con la garantía de calidad, tiene que certificarla a través de los laboratorios acreditados mundialmente. Este sello es muy valioso para concretar los negocios en el exterior.

Sin embargo, la credibilidad es un bien intangible que se debe ganar. Prueba de ello son las evaluaciones a las que se somete a cualquier personal antes de confiarle un cargo laboral, a los profesionales, quienes deben demostrar sus habilidades con pergaminos, y los productos en sí, en los que confiamos si tienen un sello de calidad.

El mundo de hoy exige que esa calidad técnica, profesional o de manufactura sea demostrada en base a documentos cuya validez sea reconocida internacionalmente y que acrediten no sólo el desempeño correcto en la producción de un bien, sino la sistematización de sus procesos, el cuidado del ambiente, la salud laboral, entre otros factores.

Mucho se habla de la calidad y la competitividad, pero los más autorizados para referirse a ello son los especialistas de instituciones como el Servicio Nacional de Acreditación, el Indecopi, el Consejo Nacional de la Competitividad, o el Instituto para la Calidad, los cuales se han dedicado por entero a comprender el mecanismo de estos conceptos.

Gestionar la calidad ya le ha traído éxitos al Perú. De acuerdo con Doing Business, el organismo internacional que mide las regulaciones para hacer negocios, en el 2010 el Perú subió nueve ubicaciones en el ranking de los países que dan facilidades para los negocios con respecto al año anterior.

Se llegó al puesto 56, sin embargo se está detrás de países latinoamericanos como Colombia, México y Chile, con los que competimos en diversos sectores. Otro punto débil del Perú es que en el mismo ranking está en el puesto 112 en cuanto a facilidades para abrir un nuevo negocio, y en el 114 en lo que respecta al cumplimiento de contratos.

El objetivo es alcanzar el puesto 25 para el 2012, una meta en la que tienen que comprometerse tanto el sector público como el privado, considerando las reglas de juego de los mercados internacionales más exigentes: certificación, acreditación e instituciones gubernamentales sólidas.•

FUENTE: ADEX

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